De acuerdo con el artículo 10, fracción I, de la Ley de Ingresos del Estado de Baja California para el Ejercicio Fiscal 2026, las licencias de conducir tienen una vigencia de tres o cinco años, dependiendo del tipo de documento.
Sin embargo, las personas que cuentan con una licencia expedida anteriormente con vigencia permanente también deben cumplir con una actualización periódica de sus datos y fotografía.

Para realizar este procedimiento, la legislación establece un plazo máximo de tres meses posteriores al cumplimiento de los cinco años desde su expedición.
En caso de no realizar la actualización dentro de ese periodo, la licencia pierde su vigencia, por lo que el documento deja de tener validez conforme a las disposiciones estatales.
Ante esta situación, la Secretaría de Seguridad y Protección Ciudadana Municipal (SSPCM) exhortó a los automovilistas a revisar sus documentos y realizar los trámites correspondientes ante las oficinas de Recaudación de Rentas del Estado.